20 abril 2010

BOTNIA SEGUIRA FUNCIONANDO

La Corte Internacional de La Haya señaló que Uruguay "no respetó la obligación del apartado 7 del Estatuto de 1975", que obliga a informar sobre los proyectos a la comisión bilateral del Río Uruguay, al autorizar la construcción de la planta de celulosa de Botnia.

"La información sobre los proyectos sólo puede provenir de la obligación de informar, que está a cargo de la parte que proyecta construir dichas industrias" sobre las márgenes del río, señaló Peter Tomka, el magistrado a cargo de la lectura del fallo.

"Uruguay no informó los trabajos proyectados antes de autorizar la construcción de Botnia", determinó la Corte Internacional de La Haya, por lo que se entiende desconoció el artículo mencionado en el Estatuto del Río Uruguay firmado en 1975 con la Argentina para determinar el marco legal que contemple la utilización del recurso compartido.

"La Corte considera que Uruguay no tenía derechos durante todo el período de consultas ni de autorizar la construcción ni de construir las plantas ni la terminal portuaria", agregó.

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