20 abril 2010

VEREDICTO DE LA HAYA POR BOTNIA

La Corte Internacional de La Haya señaló que Uruguay "no respetó la obligación del apartado 7 del Estatuto de 1975", que obliga a informar sobre los proyectos a la comisión bilateral del Río Uruguay.

"La información sobre los proyectos sólo puede provenir de la obligación de informar, que está a cargo de la parte que proyecta construir dichas industrias" sobre las márgenes del río, señaló Peter Tomka.
"Uruguay no informó los trabajos proyectados antes de autorizar la construcción de Botnia", determinó la Corte Internacional de La Haya, por lo que se entiende que Uruguay desconoció el artículo mencionado en el Estatuto del Río Uruguay.
"La Corte considera que Uruguay no tenía derechos durante todo el período de consultas ni de autorizar la construcción ni de construir las plantas ni la terminal portuaria", agregó.

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