16 mayo 2011

CRISTINA PRESENTO EL PLAN PARA EVITAR EL ROBO,FALSIFICAION Y ADULTERACION DE MEDICAMENTOS

La presidenta Cristina Fernández anunció esta tarde un plan destinado a poner en práctica un régimen para medicamentos que apunta "realizar un seguimiento para evitar la falsificación, adulteración y el robo de medicamentos".
El anunció fue realizado por la jefa de Estado durante un acto en la Casa Rosada y transmitido por la cadena nacional.
Los medicamentos que estarán incluidos en una primera etapa figuran los oncológicos y para tratamiento del Sida, entre otros.
Promulgación. Por otro lado, lla mandataria firmó el decreto de promulgación de la ley de regulación de las empresas de medicina prepaga, recientemente sancionada por el Congreso.
Fernández pidió "serenidad y equilibrio" a quienes opinen sobre la ley, ya que "hubo mucho revuelo en torno a su sanción".
"Que nadie se sienta perseguido, no queremos que se desfinancien ni que se fundan", indicó la primera mandataria. en alusión a los reclamos que formularon al respecto representantes del sector empresario.
Al respecto, precisó que el 80 por ciento de los afiliados a las empresas de medicina prepaga están concentrados en cinco compañías.
"Regulación no significa afectar rentabilidad, ese es un verso de las políticas neoliberales de los '90 que sinceramente ya no se lo traga nadie", añadió.
En qué consiste la ley. Ahora, por esta norma que Diputados ya había sancionado por unanimidad en 2008 y que durmió dos años en el Senado (donde le introdujeron cambios clave), las empresas de medicina prepaga tendrán que ofrecer el Programa Médico Obligatorio (PMO) que el Ministerio de Salud exige a todos los agentes sanitarios y, en ningún caso, podrán proveer servicios de calidad inferior a los que prestan las obras sociales o mutuales.
Los puntos más destacados de la norma –y resistidos por las empresas– están en el artículo 10, donde se establece que no podrán determinar períodos de carencia para aquellas prestaciones que están dentro del PMO –y deberá ser provisto a discapacitados– y además deberán explicitarle al cliente qué servicios no tiene cubiertos.
Además, las enfermedades preexistentes se establecerán mediante una declaración jurada del usuario –no habrá un examen médico, como pedían las empresas– y no pueden ser éstas motivo de rechazo por parte de las prestadoras. En caso de que un cliente tenga un padecimiento crónico –ejemplo diabetes– la prepaga deberá aceptarlo y será el Ministerio de Salud el que fije el valor diferencial a pagar por el paciente.
El artículo 11 establece que la edad de un cliente no puede ser motivo de rechazo y el siguiente fija que a las personas de más de 65 años y que tengan antigüedad en la cobertura de 10 años no podrá subírseles la cuota; además será el Ministerio el que fije el precio de la misma de acuerdo al aumento del costo según los riesgos para los distintos rangos etarios

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